07/02/2025

Hjalmar Gibelli | ¡Conócelas! Causas de invalidez en seguros de vida

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El contrato asegurador para casos de fallecimiento no es irrompible ni está exento de múltiples consideraciones a la hora de pagar o no lo acordado

 

LLD.- Los seguros de vida son concebidos para dar protección o respaldo cuando las personas mueren y se hacen pagos al beneficiario de la póliza, con el fin de tener estabilidad y capacidad económica. Ahora bien, este tipo de contratos cuentan con causales de invalidez que impiden que el mismo sea cancelado. ¿Cuáles? El experto en la materia Hjalmar Gibelli nos lo explica.

El suicidio es una de esas causales, pues, si la muerte del asegurado fue provocada por él mismo, la aseguradora lo considera motivo de invalidez. Luego están los actos imprudentes como el consumo de estupefacientes o bebidas alcohólicas, la negligencia o los actos delictivos.

Eso significa que si en un accidente de tráfico el beneficiario estaba manejando bajo sustancias, o si el accidente fue producido por él mismo para causar su muerte, la aseguradora puede invalidar el contrato.

También están los casos de accidentes aéreos, aunque esto aplica cuando se viaja en un medio no autorizado para el transporte público de viajeros o en descensos en paracaídas, parapente u otros.

 

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¿Y qué del fraude en seguros? En el sector, el fraude se da cuando algún implicado en la póliza, ya sea el tomador de la misma, el asegurado, el perjudicado o el beneficiario llevan a cabo acciones de carácter falso para conseguir un beneficio propio. Estas acciones pueden ser ocultar datos, declaraciones falsas, y cualquier otra acción que sea contraria a lo que es verdad.

En consecuencia, el fraude es causa de invalidez para obtener los beneficios de la entidad aseguradora, que podrá rescindir el contrato de póliza con la persona defraudadora y negarle cualquier indemnización.

(Con información de Hjalmar Gibelli)

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