23/04/2024

Reducción de 2% del IVA entró en vigencia a partir de hoy

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José David Cabello, superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), confirmó que a partir de hoy, lunes 26 de diciembre, entra en vigencia la rebaja de 2% al Impuesto al Valor Agregado (IVA) decretada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, y publicada en Gaceta Oficial Nro. 41.052 a mediados de este mismo mes.

La información la emitió el funcionario a través de su cuenta personal de Twitter, recordando además que la medida presidencial de aplicarle este descuento al IVA lo que busca es incentivar a las personas naturales a que realicen sus pagos y transacciones comerciales mediante el uso de operaciones electrónicas como las transferencias bancarias, las tarjetas de débito y, por supuesto, las tarjetas de crédito.

Además, Cabello fue enfático al afirmar que todos aquellos comerciantes que no cumplan con lo establecido en la medida tomada por el ejecutivo nacional corren el riesgo de ser sancionados severamente, mediante lo que estipula la legislación venezolana.

Es bueno recalcar, por cierto, aquello de ‘personas naturales’ por el hecho de que este descuento de dos puntos porcentuales solo será aplicable a ellas, consumidores finales de bienes muebles y prestación de servicios, hasta un monto de 200 mil bolívares. Quedan excluidos del decreto presidencial quienes adquieran bienes con el IVA Percibido, quienes importen bienes muebles, y quienes compren piedras y metales preciosos.

En tal sentido, y atendiendo la entrada en vigencia del decreto, funcionarios del Seniat se avocaron a realizar una intensa jornada de fiscalización en diversos comercios de todo el país para asegurarse de que la medida ejecutiva esté siendo aplicada de manera correcta y expedita. Sin embargo, varios problemas se han encontrado, sobre todo en materia de máquinas fiscales y sus ajustes de software para realizar la reducción del 2%.

A este particular respecto, el decreto mismo establece la solución a dicha problemática: “En los casos en que los proveedores o fabricantes de máquinas fiscales no tengan la capacidad técnica para hacer esta adaptación, deberán notificarlo por escrito a la Gerencia de Fiscalización del Seniat, para proceder a efectuar la facturación de manera manual, a través del talonario alternativo para el registro”.

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