28/03/2024

Bancos autorizados para venta de hasta mil euros al menudeo

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El ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Central de Venezuela (BCV), a través de un aviso oficial publicado el 6 de febrero de 2019, autorizó a los bancos universales para la venta al menudeo de mil euros (€1.000) o su equivalente en otras monedas extranjeras.

Dicha medida va en conformidad con el Convenio Cambiario Nº 1, publicado en la Gaceta oficial N° 6.405 del 07 de septiembre de 2018, donde también establecen que la adquisición de billetes extranjeros no podrá exceder la cantidad diaria de quinientos euros (€500) o su equivalente en otras divisas.

En tal sentido, las entidades bancarias podrán vender un total de cuatro mil euros (€4.000) por mes y de ocho mil quinientos euros (€8.500) por año calendario, siendo el monto mínimo de venta al menudeo de cincuenta euros (€50), en el caso de las personas naturales, y de quinientos euros (€500) para las personas jurídicas.

Para las casas de cambio se establecieron las mismas condiciones a excepción del monto mínimo de venta, explicando que dichos montos no aplicarán para aquellas operaciones que realicen los bancos universales y microfinancieros en ocasión de la intervención cambiaria ejecutada por el BCV y publicada el 29 de enero, ya que no constituyen operaciones cambiarias al menudeo.

Los montos podrán ser verificados de manera automática por los intermediarios especializados en operaciones cambiarias al menudeo, previo registro de la operación en la plataforma tecnológica del BCV.

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